## 🇦🇷 Política Nacional La Cámara de Apelaciones de San Luis confirmó que el deterioro sostenido de los salarios de dos juezas vulneró la garantía constitucional de intangibilidad de las remuneraciones y reconoció su derecho a una reparación retroactiva desde febrero de 2024. El fallo representa un revés judicial para el gobierno provincial de Claudio Poggi. La resolución fue dictada el 16 de octubre y se conoció públicamente el lunes 19, en el expediente 425875/24.
La causa fue iniciada por dos juezas y tres secretarias judiciales contra el Superior Gobierno de la Provincia. Para evaluar el reclamo, el tribunal examinó recibos de haberes, la evolución del costo de vida y otros elementos incorporados al expediente. A partir de esa documentación, consideró acreditado que las remuneraciones de las dos magistradas habían sufrido un deterioro sostenido, con consecuencias sobre una protección constitucional vinculada con la independencia del Poder Judicial.
La demanda había recibido una respuesta favorable en primera instancia. Tanto las reclamantes como la Fiscalía de Estado apelaron esa decisión y la Cámara la modificó parcialmente: amplió el período de retroactividad, que pasó de noviembre de 2024 a febrero de ese año, y excluyó a las tres secretarias judiciales del reconocimiento constitucional específico concedido a las juezas. La defensa provincial cuestionó las pruebas presentadas y planteó las restricciones económicas y presupuestarias del Estado.
Los conjueces consideraron que esos factores podían tenerse en cuenta al instrumentar una solución, pero concluyeron que no eran suficientes para desconocer la garantía constitucional invocada. El artículo 192 de la Constitución de San Luis protege la remuneración mensual de los magistrados y dispone que no puede ser disminuida, salvo por descuentos previsionales y de carácter general. La Cámara relacionó esa garantía con la independencia de quienes ejercen funciones judiciales.
El fallo no determinó una suma específica ni fijó un porcentaje de aumento general para el personal judicial. Tampoco ordenó una equiparación automática con los salarios de otras provincias: el reconocimiento se limita a las dos magistradas que promovieron el amparo. En cuanto a las costas de la apelación, la sentencia dispuso que el Estado provincial afronte el 80% y la parte actora el 20%.
Además, mantuvo para las juezas el derecho a la reparación retroactiva desde febrero de 2024.










