## 🇦🇷 Política Nacional Cuatro partidos opositores de Tucumán presentaron ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación una acción para impugnar parcialmente el artículo 90 de la Constitución provincial, cuya redacción habilita una eventual nueva candidatura del gobernador Osvaldo Jaldo. La demanda fue formalizada el 26, luego de los anuncios públicos del fin de semana. La presentación fue impulsada por Cambia Tucumán, Fuerza Republicana, PRO y CREO.
El diputado nacional Mariano Campero y el legislador provincial Manuel Courel explicaron los alcances del planteo, que busca limitar la acumulación de períodos en la fórmula ejecutiva tucumana. La Constitución provincial establece mandatos de cuatro años y permite una reelección consecutiva. También contempla expresamente que una persona que haya completado dos períodos como vicegobernador pueda ser elegida gobernadora y luego reelegida una vez en ese cargo.
La oposición cuestiona esa posibilidad por considerar que su aplicación es incompatible con los principios republicanos y de alternancia establecidos en la Constitución Nacional. La acción no sostiene, simplemente, que el texto provincial prohíba una candidatura de Jaldo, sino que impugna el mecanismo que podría habilitarla. Jaldo fue vicegobernador entre 2015 y 2023 y asumió la gobernación en 2023.
Si se presentara y resultara elegido para el período 2027–2031, sumaría dieciséis años consecutivos en la fórmula ejecutiva provincial. Ese encadenamiento de mandatos es el que los partidos promotores de la demanda pretenden limitar. Courel afirmó que el cuestionamiento está dirigido al mecanismo constitucional y no a una persona en particular.
Campero, por su parte, vinculó expresamente la acción con la continuidad de Jaldo y defendió que se presentara antes del año electoral. El gobernador había desafiado públicamente la iniciativa el 17 de octubre, durante el Día de la Lealtad, cuando afirmó que estaría en la boleta. Esa declaración antecedió a la presentación formal de la demanda y reflejó su postura política frente al intento de impugnación.
La presentación judicial no implica una sentencia ni una inhabilitación para competir. Mientras la Corte no resuelva el planteo, el artículo 90 conserva la cláusula que permite pasar de dos mandatos como vicegobernador a la gobernación y, posteriormente, buscar una reelección consecutiva.










